Conoce las recomendaciones Saime para tramitar a cédula de menores por primera vez: también para pasaportes

El Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) enlistó las recomendaciones para tramitar la cédula de identidad y el pasaporte para menores de edad por primera vez.
A través de su cuenta en Instagram, el Saime difundió algunas de sus recomendaciones para el momento de llevar a los menores de edad a tramitar estos documentos por primera vez.
Recomendaciones Saime para tramitar a cédula de menores por primera vez
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De acuerdo con la información proporcionada, estas recomendaciones cumplen las normativas internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
En este sentido, el Saime resalta que es importante tomar en cuenta las siguientes recomendaciones al momento de tomar la foto para la cédula o pasaporte:
*Conservar una postura derecha
*La foto debe ser de frente
*No puede estar de lado, no debe sonreir
*Mantener una postura seria
*Las niñas no podrán llevar zarcillos, lazos o moños grandes que sean visibles, tampoco con cintillos, escotes, collares, maquillaje o lentes
*Deben asistir con el rostro lo más despejado posible, peinados sencillos y con el cabello detrás de las orejas
*Los niños no podrán ser fotografiados con franelilla, con el cabello pintado, lentes o gorra
*El rostro debe estar despejado, sin nada que incumpla la normativa
*En el caso de los bebés, al momento de la foto, debe estar en una posición totalmente erguida y en la imagen no deben verse manos que lo sostengan
Requisitos para tramitar pasaporte menores de nueve años
*Planilla de solicitud de pasaporte emitida por el sistema Saime
*En caso de ser menor de 9 años de edad Copia Certificada del Acta de Nacimiento
*En caso de padres extranjeros, éste deberá presentar el pasaporte. En el caso que uno de los padres haya fallecido y aún no se evidencie en el sistema de identificación tal situación, el padre sobreviviente deberá presentar el acta de defunción respectiva.
*En caso de que ambos padres hayan fallecido o estén privados de la patria potestad y se otorgará la tutela a un tercero responsable, este deberá presentar la sentencia definitivamente firme del Tribunal de Protección del Niño o del Adolescente.
2001