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Justicia española procesa a esposa de Pedro Sánchez por corrupción y tráfico de influencias (+Detalles)

El juez Juan Carlos Peinado decidió dar un paso clave en la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, y la sitúa a las puertas de juicio por presuntos delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca.

Según informa El País, la resolución descarta, sin embargo, el delito de intrusismo profesional al considerar que no existen indicios “plurales y sólidos” de que incurriera en esa conducta al firmar documentos técnicos relacionados con patrocinadores de la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid.

El titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid ha dado un plazo de cinco días a las partes para que se pronuncien sobre la apertura de juicio oral.

La decisión llega tras dos años de investigación iniciada en abril de 2024 a partir de una denuncia del sindicato Manos Limpias, a la que posteriormente se sumaron querellas impulsadas por otras organizaciones.

En el mismo procedimiento, el magistrado propone también llevar a juicio a la asesora Cristina Álvarez y al empresario Juan Carlos Barrabés, al considerar que existen elementos que vinculan sus actuaciones con los hechos investigados.

La causa se ha centrado en dos líneas: por un lado, la actividad profesional de Gómez con empresarios y su vínculo con la universidad; y por otro, la posible utilización de recursos públicos en favor de actividades de carácter privado.

La resolución se produce después de una vista celebrada el pasado 1 de abril, en la que el juez planteó que, de avanzar el proceso, este sería juzgado por un jurado popular.

Mientras la defensa de Gómez solicitó el archivo al sostener que no existía fundamento para los delitos investigados, la Fiscalía y otras defensas coincidieron en esa posición, frente a las acusaciones populares que pidieron continuar con el procedimiento.

En un auto de 39 páginas, Peinado expone los indicios que, a su juicio, sustentan los delitos, especialmente el de tráfico de influencias.

El magistrado argumenta que, desde la llegada de Pedro Sánchez a la dirección del Psoe y posteriormente a la Presidencia del Gobierno, se habrían adoptado decisiones públicas favorables a proyectos vinculados a Gómez, que “pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional”.

El juez menciona una serie de hechos que considera relevantes, como reuniones en el Palacio de La Moncloa, la creación de la cátedra en la Complutense, la falta de localización de su currículum en determinados expedientes, así como cartas de apoyo a empresas relacionadas con Barrabés en procesos de licitación. También alude a la gestión de la marca vinculada al proyecto Transformación Social Competitiva (TSC) y a su posterior uso.

Asimismo, sostiene que la cátedra universitaria habría servido como “medio de desarrollo profesional privado” para Gómez, pese a que las defensas alegan que no existía retribución directa. “El beneficio puede ser indirecto y a favor de un tercero”, señala el auto.

En cuanto a la asesora investigada, el magistrado considera que, pese a formar parte de la estructura de la Presidencia del Gobierno, participó en actividades relacionadas con la captación de fondos y la interlocución con empresas, lo que, según indica, pudo generar una “apariencia institucional” del proyecto.

La decisión judicial coincide con un viaje oficial de Gómez junto al presidente del Gobierno a China, en medio de un contexto político marcado por la controversia en torno al caso.

Versión Final

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