Internacionales

Niño de nueve años muere a manos de un asesino y violador en España

Francisco Javier Almeida López de Castro, de 54 años, quedó en libertad condicional el año pasado tras cumplir condena por agresión sexual y asesinato y 18 meses después ha vuelto a matar. La Guardia Civil lo detuvo anoche en Lardero (La Rioja) por el crimen de un niño de nueve años al que se había llevado de un parque poco antes, mediante engaño.

El individuo salió de prisión en abril del año pasado cuando le quedaban por cumplir tres de los 25 años en los que quedó acumulada su condena impuesta en 2001, según confirmaron a ABC fuentes penitenciarias. Su víctima fue la empleada de una inmobiliaria de Logroño, informó el diario La Rioja. En 1993 cometió la primera agresión sexual por la que fue condenado a 7 años, de los que cumplió 4.

Anoche, a las 20.24 horas se recibió una llamada de la madre a través del 112 en la que se alertaba de la desaparición del menor, cerca del colegio de Villa Patro. Varios testigos aseguraron que un vecino de la zona se había llevado al pequeño mediante engaño de un parque. Su familia se encontraba cerca del lugar.

Recibe las noticias directo en tu Whatsapp.
UNIRME A CANAL DE WHATASPP

El Canal del WhatsApp es más seguro, ya que otros usuarios no ven tu número telefónico

El menor había estado jugando en el Parque Entrerríos y tenía acordado con sus padres encontrarse en un merendero para cenar, ya que iban a hacer una fiesta de Halloween. De hecho, el niño iba disfrazado de ‘Niña del Exorcista’. Los progenitores se extrañaron al ver que no aparecía. De inmediato, se activó un dispositivo de Guardia Civil y Policía Local de Lardero y varias patrullas empezaron la búsqueda. Casi al mismo tiempo, sobre las 20.40, un vecino alertó de que el portal de su bloque en la calle Río Linares de Lardero había un niño herido o muerto. El menor se encontraba en el rellano de la segunda planta. El supuesto asesino era vecino del mismo bloque donde sucedieron los hechos.

Minutos después una patrulla de Guardia Civil de Villamediana localizó al pequeño y pidió una ambulancia «al encontrar al menor en estado muy grave e inconsciente junto a un varón» en el interior de un portal de la localidad. No está claro si es la casa donde vivía Almeida desde que salió de la cárcel, aunque le consta otro domicilio en Logroño.

Los médicos no pudieron hacer nada por la criatura que murió en ese portal. La Guardia Civil sospecha que Almeida lo mató, en principio asfixiándolo, algo que tendrá que confirmar la autopsia, y lo abandonó en el portal. No ha trascendido si antes abusó del pequeño. El individuo fue detenido en ese mismo lugar.

Tras empezar a circular la noticia, numerosos vecinos de la localidad acudieron a las inmediaciones del barrio de Lardero en un ambiente muy tenso. Cuando los agentes se llevaron al detenido, en torno a las once y media de la noche, la rabia y la indignación fueron en aumento con gritos de «asesino», dirigidos al individuo.

Tiene un hermano gemelo

«Incluso la familia se temía que volviera a actuar», explican fuentes del caso a ABC. Los vecinos de la zona tenían la vista puesta en Almeida desde que abandonó la cárcel en abril del año pasado. Hace unas semanas un padre denunció que un hombre había intentado raptar a su hija en esa misma zona. Sin embargo, en principio la declaración aportada por la menor no coincide con la descripción del ahora detenido.

Fuentes de la investigación subrayan la frialdad del individuo, que durante toda la noche en el calabozo de la Comandancia de la Guardia Civil de Logroño no se inmutó. A lo largo del día está prevista una reconstrucción de los hechos. La investigación ha sido asumida por la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil en La Rioja.

Francisco Javier Almeida López de Castro, que tiene un hermano gemelo ajeno a su carrera delictiva, fue condenado a 30 años de cárcel por asesinato y agresión sexual en 2001, pero su condena se acumuló en 25. Cumplió la mayor parte en la prisión de El Dueso y en abril del año pasado quedó en libertad condicional. Había ingresado en la cárcel en 1998 tras ser detenido por el crimen de la inmobiliaria.

Hechos probados

El 17 de agosto de 1998, una mujer era asesinada tras recibir diecisiete puñaladas, Los hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, son los siguientes: «El acusado, mayor de edad, durante los días anteriores al 17 de Agosto de 1998, había acudido a la sede la Inmobiliaria San Martín, sita en Logroño con el pretexto de visitar y ver algún piso en venta, aunque con posterioridad, y una vez le eran mostrados, no demostraba ningún interés por su precio o sus características. Durante éstas visitas conoció a Da. María Virtudes».

«El acusado pretendiendo estar interesado en la compra del piso sito en CALLE000 n° NUM000 . NUM001 , I C, llevó a cabo una primera visita al mismo acompañado por Da. María Virtudes , empleada de la Inmobiliaria San Martín, sobre la 17,30 horas del día 17 de Agosto de 1.998. El acusado concertó una nueva cita con la empleada de la Inmobiliaria indicada, que se fijó para las 19,30 hora del mismo día con el fin de ver de nuevo el piso y efectuar algunas mediciones».

«El acusado, que estuvo esperando en el portal del inmueble a Da. María Virtudes , durante más de media hora, a pesar de que llovía copiosamente, sobre las 20,00 horas entró en el bar ‘Katy’ existente en la misma calle, muy próximo al número NUM000 , donde coincidió con dos de sus amigos y llamó a la Inmobiliaria para recordar a Da. María Virtudes la cita que tenían concertada».

«Sobre las 20,30 horas Da. María Virtudes llegó al portal del inmueble número NUM000 , donde esperaba el acusado subiendo juntos al piso NUM001 I-C. Una vez en su interior Da. María Virtudes , confiada por conocer al acusado, dejó el bolso y el paraguas en su entrada, y se dirigió, seguida por el acusado, hacia las habitaciones interiores de la vivienda y, en concreto, hacía la existente en el fondo a la derecha, en la que había dos camas, lugar donde el acusado súbita e inesperadamente empujó por la espalda a la acusada que cayó sobre la cama en posición de boca- abajo y perpendicular a la misma, avalanzándose sobre ella, sobre su espalda e inmovilizándola de ese modo, con el fin de evitar que pudiese defenderse, e incluso de poder pedir ayuda o auxilio al tener la boca sobre la cama».

«El acusado procedió con una navaja a dar a Da. María Virtudes diversos pinchazos y cortes en zona occipital, cervical, dorsal superior, rostro y cuello, causándole un total de 17 heridas, todas ellas superficiales o de escasa profundidad a excepción de una de ellas consistente en un corte que le seccionó las glándulas tiroideas y la tráquea, suficiente para causarle la muerte por shook hemorrágico de no haber recibido asistencia médica. Seguidamente el acusado dio vuelta al cuerpo de Da. María Virtudes que quedó sobre la cama en situación boca-arriba, a la que dio nuevos cortes en mentón y en línea mamaria, así como una mordedura en los labios, quedando la víctima en este estado herida y con grave padecimiento».

«A continuación el acusado le clavó el arma blanca en la región precordial, directamente sobre el corazón, que le produjo la muerte inmediata por taponamiento cardiaco y shook hemorrágico. La víctima antes de recibir este último pinchazo que le causó la muerte, y cuando se encontraba en situación boca-arriba sobre la cama, intentó defenderse de su agresor, produciéndose un corte en región interdigital, entre los dedos primero y segundo de su mano izquierda, de 31 mm de longitud.

«El acusado, después de causar a Da. María Virtudes , las diecisiete heridas descritas en el apartado primero de este objeto de veredicto , incluso el corte que le seccionó las glándulas tiroideas y la tráquea, cuando ésta aún se encontraba con vida sobre la cama en situación boca-abajo, la despojó de sus bragas, se sacó el pene del pantalón y procedió a manipular los órganos genitales de la víctima, causándole una pequeña herida en los labios inferiores, así como unos hematomas en los muslos, hasta que excitado por el placer que le producía tal hecho logró eyacular, sin que conste que penetrase vaginal o analmente a la víctima».

«El acusado en la fecha de comisión de los hechos no presentaba patología psiquiátrica ni alteración mental que pudiese afectar a su capacidad intelectual o volitiva», concluye la sentencia.

Agencia

Mira nuestras noticias en Instagram.
SIGUENOS EN INSTAGRAM


Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba