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Chile extraditará desde Perú a venezolano acusado de secuestro y extorsión

El Gobierno de Chile, a través de la Corte de Apelaciones de Rancagua, declaró procedente la solicitud del Ministerio Público para extraditar desde Perú a Wacris Ricardo Cabarcas Piña, ciudadano venezolano señalado de ser líder de una facción local del Tren de Aragua.

El criollo es solicitado por los delitos de secuestro agravado extorsivo, asociación criminal, robo con violencia y sustracción de menores. Los mismos se habrían cometido en febrero de 2024 en la comuna de Las Cabras.

La Primera Sala del tribunal emitió un fallo unánime. En él, se confirmó que el caso cumple con los requisitos del Tratado de Extradición entre Chile y Perú, firmado en 1932 y ratificado en 1936.

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El texto del fallo cita: “Las Altas Partes Contratantes se obligan a entregarse recíprocamente los delincuentes de cualquier nacionalidad, refugiados en los respectivos territorios o en tránsito por estos, siempre que el país requirente tenga jurisdicción para juzgar la infracción”. Este marco legal respalda la petición del Ministerio Público.

De acuerdo con el tribunal, Cabarcas Piña se encuentra recluido en Lima, Perú. “El imputado está actualmente en la ciudad de Lima, República del Perú, con privación de libertad”, detalla la resolución.

El fallo también subrayó que los delitos imputados superan la penalidad mínima exigida para la extradición. Entre ellos, el secuestro agravado extorsivo (artículo 141 del Código Penal); robo con violencia (artículo 432); asociación criminal (artículo 293) y sustracción de menores (artículo 142 N°1).

Las penas en abstracto para estos crímenes parten desde los cinco años y un día de prisión.

Además, el tribunal respaldó la solicitud de detención previa del acusado mientras se tramita la extradición.

Argumentó que “el juez de garantía comprobó la concurrencia de los requisitos legales para decretar prisión preventiva”, en línea con los artículos 434 y 442 del Código Procesal Penal.

La Corte ordenó notificar al Ministerio de Relaciones Exteriores para gestionar la extradición y detención previa. “Ofíciese al Ministerio (…) para efectuar ante Perú las gestiones diplomáticas necesarias”, señala el documento.

Cabarcas Piña fue formalizado el 21 de abril de 2025 ante el Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Peumo. La resolución enfatiza que Chile tiene jurisdicción para juzgar los delitos, dado que estos ocurrieron en su territorio.

El fallo concluye que se cumplen todos los requisitos del tratado, incluyendo la doble incriminación y la gravedad de las penas.

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